LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi.

Artículo 106. Información al Parlamento de los actos de disposición gratuita.

Artículo 106. Información al Parlamento de los actos de disposición gratuita.

Salvo en los supuestos contemplados en los apartados f), g), h) e i) del artículo 102, los actos de disposición gratuita y sus prórrogas serán comunicados al Parlamento Vasco.

← Artículo 105 Índice Artículo 107 →