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Legislación › Ley 4/1984, de 12 de noviembre, por la que se crea el Consejo Asesor de RTVE en la Región de Murcia.

Artículo 9.

Artículo 9.

1. El Consejo Asesor elegirá entre sus miembros un presidente y un vicepresidente por un periodo de un año. La elección se realizará de la siguiente forma: cada miembro del Consejo Asesor escribirá un solo nombre en la papeleta y saldrán elegidos presidente y vicepresidente, respectivamente, los dos que hayan obtenido mayor número de votos.

2. El Consejo Asesor elegirá también un secretario, por un periodo de un año y por el mismo procedimiento del apartado anterior.

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