Legislación › Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.
Disposición adicional decimoquinta. Encuadramiento inicial en el tramo I de la carrera profesional horizontal.
Disposición adicional decimoquinta. Encuadramiento inicial en el tramo I de la carrera profesional horizontal.
1. A partir del ejercicio 2019 se reconocerá administrativamente el encuadramiento en el tramo I de la carrera profesional horizontal al personal funcionario de carrera e interino que cumpla los requisitos de antigüedad y formación. A tal fin, se establecerá por la persona titular de la Consejería competente en materia de función pública el procedimiento específico de reconocimiento con efectos de 1 de enero de 2019.
Los efectos económicos del reconocimiento del tramo I serán los siguientes:
a) 15 por ciento de la cuantía del tramo en el ejercicio 2019.
b) 15 por ciento en el ejercicio 2020.
c) 35 por ciento en el ejercicio 2021.
d) 35 por ciento restante en el ejercicio 2022.
2. En el ejercicio 2020 se diseñará y negociará en la Mesa Sectorial de Administración y Servicios un sistema de evaluación del desempeño de conformidad con lo previsto en el artículo 41 ter, apartado 2.
Se modifica, con efectos de 1 de enero de 2019, por la disposición final 3.4 de la Ley 1/2020, de 23 de abril. BOE-A-2020-9488
Se añade por la disposición final 2.6 de la Ley 14/2018, de 26 de diciembre. BOE-A-2019-2039
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 26 de abril de 2020 En vigor | BOE-A-2020-9488 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2019 | BOE-A-2019-2039 | Leer |
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