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Legislación › Decreto Legislativo 1/2001, de 26 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Función Pública de la Región de Murcia.

Disposición adicional decimoquinta. Encuadramiento inicial en el tramo I de la carrera profesional horizontal.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2019 y la del 26 de abril de 2020. Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (78 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional decimoquinta. Encuadramiento inicial en el tramo I de la carrera profesional horizontal.
1. En el A partir del ejercicio 2019 se reconocerá administrativamente el encuadramiento en el tramo I de la carrera profesional, profesional horizontal al personal funcionario de carrera e interino que cumpla los requisitos de antigüedad y formación. A estos efectos, tal fin, se establecerá por la persona titular de la Consejería competente en materia de función pública, pública el procedimiento específico de reconocimiento. reconocimiento con efectos de 1 de enero de 2019.
Los efectos económicos del reconocimiento del tramo I serán los siguientes:
a) 15 por ciento de la cuantía del tramo en el ejercicio 2019.
b) 15 por ciento en el ejercicio 2020.
c) 35 por ciento en el ejercicio 2021.
d) 35 por ciento restante en el ejercicio 2022.
2. En el ejercicio 2019 2020 se diseñará y negociará en la Mesa Sectorial de Administración y Servicios un sistema objetivo de evaluación del desempeño de conformidad con lo previsto en el artículo 41 ter, apartado 2.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
26 de abril de 2020 En vigor BOE-A-2020-9488 Leer Qué cambió
1 de enero de 2019 BOE-A-2019-2039 Leer

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