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Legislación › Ley 8/2002, de 30 de octubre, por la que se crea el Instituto Murciano de Investigación y Desarrollo Agrario y Alimentario (IMIDA).

Artículo 2. Fines.

Artículo 2. Fines.

El Instituto, tendrá los siguientes fines:

Impulsar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación para encontrar soluciones con base científica y tecnológica en el campo agroalimentario y medioambiental, que haga más sostenibles los sectores económicos, las administraciones públicas y la sociedad en general.

Se modifica por el art. 1.3 de la Ley 2/2022, de 19 de mayo. BOE-A-2022-11316

Se modifica por el art. 1.3 del capítulo I del Decreto-ley 4/2021, de 17 de junio. BORM-s-2021-90231

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
2 de junio de 2022 En vigor BOE-A-2022-11316 Leer Qué cambió
23 de junio de 2021 BOE-A-2021-90231 Leer Qué cambió
1 de abril de 2003 BOE-A-2002-90013 Leer

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