Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
Artículo 4. Cuotas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de diciembre de 2004 y la del 1 de enero de 2005.
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Artículo 4. Cuotas.
Las actuaciones sujetas se gravarán conforme a la siguiente clasificación:
Sección primera. Actuaciones y autorizaciones sobre impacto ambiental, autorización Impacto Ambiental, Autorización y control Control de actividades Actividades Evaluadas o vertidos potencialmente contaminantes. Clasificadas:
La cuota aplicable será la correspondiente al tramo en que se encuadre el proyecto correspondiente, según el valor de éste.
1. Evaluación del de Impacto Ambiental. Según el valor del proyecto, en euros:
a) Hasta 601.012,10 euros: 496,420000€. €: 506,348400 €.
b) De 601.012,11 a 3.005.060,52 euros: 675,710000 €: 689,224200 €.
c) Más de 3.005.060,52 euros: 1.357,250000€. €: 1.402,755000 €.
2. Calificación Ambiental Obtención del Acta de actividades. Puesta en Marcha y Funcionamiento de Actividades Evaluadas o Clasificadas. Según el valor del proyecto, en euros:
a) Hasta 601.012,10 euros: 60,100000 €: 42,911400 €.
b) De 601.012,11 a 3.005.060,52 euros: 270,460000 €: 122,604000 €.
c) Más de 3.005.060,52 euros: 459,650000 €: 306,520200 €.
3. Obtención del Acta en Puesta en Marcha Sección segunda. Actuaciones, Autorizaciones Administrativas y Funcionamiento Control de la Gestión de Actividades Evaluadas o Clasificadas. Potencialmente Contaminantes:
1. Autorización para el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación. Según el valor del proyecto, proyecto en euros:
a) Hasta 601.012,10 euros: 42,070000 €: 496,420000 €.
b) De 601.012,11 a 3.005.060,52 euros: 120,200000 3.005.060,52: 675,710000 €.
c) Más de 3.005.060,52 euros: 300,510000€. €: 1.357,250000 €.
4. 2. Autorización de vertidos al mar y mar, autorización de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, clasificadas en el Grupo A. A y autorización de gestor de residuos peligrosos. Según el valor del proyecto proyecto, en euros:
a) Hasta 601.012,10 euros: €: 465,660000 €.
b) De 601.012,11 a 3.005.060,52 euros: €: 633,650000 €.
c) Más de 3.005.060,52 euros: 1.273,260000€. €: 1.273,260000 €.
5. 3. Autorización de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, atmósfera clasificadas en el Grupo B. B y autorización de gestor de residuos no peligrosos. Según el valor del proyecto proyecto, en euros:
a) Hasta 601.012,10 euros: €: 230,870000 €.
b) De 601.012,11 a 3.005.060,52 euros: €: 303,700000 €.
c) Más de 3.005.060,52 euros: €: 640,510000 €.
Sección Segunda. 4. Autorización como productor de residuos peligrosos y control en materia autorización de residuos. transportista de residuos peligrosos. Según el valor del proyecto
La cuota aplicable será la correspondiente al tramo en que se encuadrecorrespondiente, o según el valor de éste. El valor de los proyectos se computará en euros. vehículos de
1. Autorización como gestorresiduos tóxicos y peligrosos: transporte, en euros:
a) Hasta 601.012,10 euros: 465,660000€. €: 180,300000 €.
b) De 601.012,11 a 3.005.060,52 euros: 633,650000
c) Más de 3.005.060,52 euros: 1.273,260000€. 601.012,10 €: 420,710000 €.
2. Autorización como productor 5. Inscripción en los correspondientes registros relativos a: Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera clasificadas en el Grupo C, pequeños productores de residuos tóxicos peligrosos y transportista de residuos no peligrosos:
a) Hasta 601.012,10 euros: 180,300000 Por cada inscripción: 33,178296 €.
b) Más de 601.012,10 euros: 420,710000€. 6. Autorización de importación y exportación de residuos:
3.
a) Por la autorización previa. Por cada autorización: 33,178296 previa: 33,841862 €.
b) Por cada tonelada métrica, Tm se percibirá percibirá, además, adicionalmente adicionalmente: 0,676576 €.
Reglamentariamente se establecerá el régimen y periodicidad con que se liquidará la cuota complementaria por cada tonelada.
4. Inscripción en el Registro, 7. Autorización de pequeños productores emisión de residuos tóxicos y peligrosos, por gases de efecto invernadero:
Por cada inscripción: 0,663310 autorización: 230,870000 €.
Sección Tercera. tercera. Obtención de información Información en materia medioambiental. Materia Medioambiental:
1. Suministro de información e a instancia de parte interesada: 33,178296 €.
a) Por cada expediente general, general objeto de información: 33,178296 33,841862 €.
b) Por cada expediente de evaluación Evaluación de Impacto Ambiental: 66,356593 67,683725 €.
Sección Cuarta. Autorización y control cuarta. Inscripción en el registro de Entidades Colaboradoras entidades colaboradoras, el control y Centros seguimiento de Gestión sus actuaciones en materia medioambiental: de Calidad Ambiental:
1. La autorización como Entidad Colaboradora Inscripción en materia medioambiental y el seguimiento y control administrativo Registro de las actuaciones Entidades Colaboradoras en las que aquéllas intervengan: materia de Calidad Ambiental:
a) Por cada autorización como Entidad Colaboradora: 331,782963 solicitud de inscripción, ampliación o modificación: 331,782960 €.
b) Por cada actuación de control 2. Control y seguimiento de cada una de las actuaciones realizadas por la de las Entidades Colaboradoras en materia de calidad ambiental:
Por cada solicitud de actuación como Entidad Colaboradora que tengan entrada en la Administración: 99,534888 materia de calidad ambiental: 0,660000 €.
2. Por la Sección quinta. Actividad Administrativa por solicitud e inscripción y tramitación de Inscripción en el registro Registro Europeo Emas:
Inscripción en el Registro Europeo de Centros centros adheridos al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales, medioambientales:
Por cada solicitud de inscripción, y por cada Centro: centro, en el Registro Europeo EMAS: 497,674444 €.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2023-3346 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 2021 | BOE-A-2021-21313 | Leer | Qué cambió |
| 14 de febrero de 2018 | BOE-A-2018-8156 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2018 | BOE-A-2018-2468 | Leer | Qué cambió |
| 12 de enero de 2017 | BOE-A-2017-2229 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2013 | BOE-A-2014-752 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | BOE-A-2011-10362 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | BOE-A-2008-12587 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2007 | BOE-A-2007-9892 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2006 | BOE-A-2006-9966 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | BOE-A-2005-14444 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2004 | BOE-A-2004-90027 | Leer |


