Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
Artículo 4. Cuotas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de junio de 2021 y la del 1 de enero de 2023.
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Artículo 4. Cuotas.
Las actuaciones sujetas a tasa se gravarán conforme a la siguiente clasificación:
Sección Primera: actuaciones, autorizaciones y procedimientos ambientales con Evaluación de Impacto Ambiental o Evaluación Ambiental Estratégica.
1) Evaluación de Impacto Ambiental.
1.1 Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria.
1.1.1 Evaluación de Impacto Ambiental Ordinaria, con elaboración del documento Documento de alcance Alcance del estudio de impacto ambiental: evaluación ambiental de proyectos (no sujetos a autorización ambiental autonómica), proyectos, según el valor de ejecución de las actuaciones, en euros:
a) Hasta 600.000: 556,97 €. 183,80 euros.
b) De 600.000 a 3.000.000: 758,14 €. 250,19 euros.
c) De más de 3.000.000: 1.543,03 €. 539,2 euros.
1.1.2 Evaluación de Impacto Ordinaria, sin elaboración del documento de alcance del estudio de impacto ambiental: Ambiental Ordinaria:
a) Hasta 600.000: 373,17 €. euros.
b) De 600.000 a 3.000.000: 507,95 €. euros.
c) De más de 3.000.000: 1.033,83 €. euros.
1.2 Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada.
Por cada solicitud: 234,27 €.
Si la evaluación de impacto ordinaria se solicita, en los plazos previstos por la normativa aplicable, tras haberse llevado a cabo un procedimiento previo de evaluación de impacto ambiental simplificado en el que se haya determinado en el informe de impacto ambiental determina que el proyecto debe someterse a evaluación de impacto ambiental ordinaria, se pagará deducirá de las cuantías anteriores el importe de la diferencia que resulte entre ambas. tasa por evaluación ambiental simplificada.
1.2 Evaluación de Impacto Ambiental Simplificada.
Por cada solicitud: 234,27 euros.
1.3 Solicitud de prórroga de vigencia de la Declaración de Impacto ambiental.
Por cada solicitud: 234,27 €. euros.
1.4 Solicitud de modificación de la Declaración de Impacto ambiental.
Por cada solicitud: 234,27 €. euros.
2) Evaluación Ambiental Estratégica.
2.1 Evaluación Ambiental Estratégica Ordinaria.
a) Evaluación de planes generales, directrices y actuaciones de interés regional, según tamaño de los municipios:
De 30.000 y más hab.: 1.926,37 €.
Entre 15.000 y 29.999 hab.: 1.849,32 €.
Entre 5.000 y 14.999 hab.: 1.772,27 €.
Menos de 5.000 hab.: 1.695,20 €.
b) Evaluación de modificaciones de planes generales, planes parciales o especiales y Evaluación de otros planes y programas y sus modificaciones: 832,91 €.
2.2 Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada.
Por cada solicitud: 611,96 €.
Si el informe ambiental estratégico determina que el plan o programa debe someterse a evaluación ambiental estratégica ordinaria, se pagará la diferencia que resulte entre ambas.
2.3 Solicitud de prórroga de la vigencia de la Declaración Ambiental Estratégica.
Por cada solicitud: 234,27 €.
2.4 Solicitud de modificación de la Declaración Ambiental Estratégica.
Por cada solicitud: 234,27 €.
3) Solicitud de Autorización Ambiental Integrada, para el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación (IPPC), Integrada que incluya Evaluación de Impacto Ambiental (simplificada u ordinaria). ordinaria.
Por cada solicitud, según el valor del proyecto, en euros:
a) Hasta 600.000: 835,46 €. euros.
b) De 600.000 a 3.000.000: 1.137,21 €. euros.
c) De más de 3.000.000: 2.314,54 €. euros.
4) Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial que incluya evaluación de impacto ambiental (simplificada u ordinaria), y una autorización específica (residuos, vertidos al mar o emisiones a la atmósfera).
Por cada solicitud: suma del importe de la tasa de Evaluación de Impacto Ambiental simplificada u ordinaria correspondiente (con o sin documento de alcance del estudio de impacto ambiental) más el 10 % de la tasa de Autorización Ambiental sectorial específica correspondiente (Sección segunda, 2 del presente artículo).
5) Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial que incluya Evaluación de Impacto Ambiental (simplificada u ordinaria), y dos autorizaciones específicas (residuos, vertidos al mar o emisiones a la atmósfera).
Por cada solicitud: suma del importe de la tasa de Evaluación de Impacto Ambiental simplificada u ordinaria correspondiente (con o sin documento de alcance del estudio de impacto ambiental) más el 20 % de la tasa de Autorización Ambiental sectorial específica correspondiente de mayor importe, en su caso. caso (Sección segunda, 2 del presente artículo).
6) Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial que incluya Evaluación de Impacto Ambiental (simplificada u ordinaria), y tres autorizaciones específicas (residuos, vertidos al mar y emisiones a la atmósfera).
Por cada solicitud: suma del importe de la tasa de Evaluación de Impacto Ambiental ordinaria correspondiente (con o sin documento de alcance del estudio de impacto ambiental), correspondiente, más el 30 % de la tasa de Autorización Ambiental Sectorial específica correspondiente de mayor importe, en su caso (Sección segunda, 2 del presente artículo).
Sección Segunda: Autorizaciones, actividades de control y otras actuaciones administrativas y de gestión de actividades potencialmente contaminantes sin Evaluación de Impacto Ambiental y modificaciones y renovaciones de autorizaciones ambientales autonómicas
1) Solicitud de Autorización Ambiental Integrada, para el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación (IPPC), Integrada sin Evaluación de Impacto Ambiental (simplificada u ordinaria) Ambiental, o de modificación sustancial de Autorizaciones Ambientales Integradas ya concedidas.
Por cada solicitud, según el valor del proyecto, en euros:
a) Hasta 600.000: 546,06 euros.
b) De 600.000 a 3.000.000: 743,28 euros.
c) De más de 3.000.000: 1.492,98 euros.
2) Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, ambiental, que incluya una o varias de las siguientes autorizaciones específicas, o de modificación sustancial de Autorizaciones Ambientales Sectoriales ya concedidas:
a) Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial o de modificación sustancial, sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, de instalaciones para el tratamiento de residuos.
Por cada solicitud, según la siguiente clasificación:
Residuos peligrosos: 587,90 euros.
Residuos no peligrosos: 291,48 euros.
b) Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial o de modificación sustancial sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, ambiental, de las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera.
Por cada solicitud, según la siguiente clasificación:
Grupo A: 587,90 euros.
Grupo B: 291,48 euros.
c) Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial, o de modificación sustancial sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, ambiental, de vertidos al mar.
Por cada solicitud: 587,90 euros.
d) Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial o de modificación sustancial, sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, ambiental, que incluya dos autorizaciones específicas (residuos, vertidos al mar o emisiones a la atmósfera).
Por cada solicitud: suma de la tasa de mayor importe, en su caso, más el 20 % de la siguiente.
e) Solicitud de Autorización Ambiental Sectorial o de modificación sustancial, sin evaluación de impacto ambiental ordinaria, ambiental, que incluya tres autorizaciones específicas (residuos, vertidos al mar y emisiones a la atmósfera).
Por cada solicitud: suma de la tasa de mayor importe, en su caso, más el 30 % de la siguiente de mayor importe, en su caso.
3) Solicitud de autorización de modificación no sustancial de una autorización ambiental integrada previamente concedida.
Por cada solicitud: 136,47 euros.
4) Solicitud de autorización de modificación no sustancial de una autorización ambiental sectorial previamente concedida.
Por cada solicitud: 136,47 euros.
5) Por renovación de la Autorización Ambiental Sectorial y revisión de la Autorización Ambiental Integrada:
5.1 Por cada revisión de autorización ambiental integrada: 546,06 euros.
5.2 Por cada renovación de autorización ambiental sectorial: 234,27 euros.
6) Solicitud de transmisión de titularidad de autorización ambiental autonómica que incluya operación de tratamiento de residuos e instalaciones en que se realiza.
Por cada solicitud: 38,67 euros.
7) Autorización y modificaciones para realizar operaciones de tratamiento de residuos:
Por cada solicitud: 93,75 euros.
8) Autorización y sus modificaciones de parcelas en un mismo término municipal para aplicación agrícola de lodos de depuración tratados.
Por cada nueva solicitud de autorización: 93,75 euros.
Por cada solicitud de nueva parcela agrícola: 10 euros por parcela, hasta un máximo de 100 euros.
9) Resto de autorizaciones y actuaciones de control relativas a atmósfera, residuos y suelos contaminados:
a) Control administrativo de notificaciones y sus modificaciones de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera clasificadas en el grupo C, a excepción de que se haya solicitado conjuntamente con una autorización ambiental autonómica.
Por cada comunicación: 40,00 euros.
b) Validación y sellado de los libros de registro de emisiones potencialmente contaminadoras a la atmósfera.
Por cada libro: 30,91 euros.
c) Tramitación y control de autorizaciones de importación y exportación de residuos (autorización de traslado transfronterizo de residuos).
Por cada autorización: 51,05 euros.
d) Control administrativo de comunicaciones previas y sus modificaciones de productor de residuos, excepto que se haya solicitado conjuntamente con una autorización ambiental autonómica, por cada comunicación según la siguiente clasificación:
1.º De productores de residuos no peligrosos de más de 1.000 Tm/año: 38,67 euros.
2.º De productor de residuos peligrosos de menos de 10 Tm/año: 38,67 euros.
3.º De productor de residuos peligrosos de más de 10 Tm/año: 97,99 euros.
e) Control administrativo de comunicaciones previas y sus modificaciones, de transportista profesional de residuos, según la siguiente clasificación, por cada comunicación:
1.º De transportista profesional de residuos peligrosos, por cada comunicación: 97,99 euros.
2.º De transportista profesional de residuos no peligrosos, por cada comunicación: 38,67 euros.
f) Control administrativo de comunicaciones previas de la actividad de negociante o agente o de la actividad de recogida profesional de residuos.
Por cada comunicación: 38,67 euros.
g) Control administrativo de comunicaciones previas de sistemas individuales de gestión de residuos.
Por cada comunicación: 38,67 euros.
h) Autorización de sistemas colectivos de gestión de residuos.
Por cada solicitud: 151,50 euros.
i) Revisión de informe preliminar del suelo, o informe periódico de situación del suelo contaminado, excepto que se solicite conjuntamente con una autorización ambiental autonómica: 60,60 euros.
10) Autorizaciones y actuaciones relativas a las emisiones de gases de efecto invernadero:
a) Tramitación de autorizaciones de emisiones de gases de efecto invernadero:
Por cada solicitud de autorización: 322,99 euros.
b) Actuación administrativa para la conformidad del informe verificado de las emisiones de gases de efecto invernadero del año precedente de cada instalación, y su posterior trámite de inscripción.
Por cada conformidad: 64,65 euros.
c) Modificaciones significativas o renovación de autorizaciones de emisiones de gases de efecto invernadero.
Por cada solicitud, según clasificación (*):
Para categorías 1a, 2, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25: 149,99 euros.
Para categoría 1c: 74,99 euros.
Para categorías 1b, 13, 26, 27 y 28: 37,50 euros.
(*) Categorías de actividades y gases incluidos en el anexo I de la Ley 13/2010, de 5 de julio, por la que se modifica la Ley 1/2005, de 4 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de emisión de gases de efecto invernadero, para perfeccionar y ampliar el régimen general de comercio de derechos de emisión e incluir la aviación en el mismo.
d) Modificaciones no significativas de autorizaciones de emisiones de gases de efecto invernadero.
Por cada solicitud: 20,00 euros.
e) Aprobación de las actualizaciones de los planes de seguimiento sin modificación de la autorización, según clasificación (*):
Para categorías 1a, 2, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24 y 25: 149,99 euros.
Para categoría 1c: 74,99 euros.
Para categorías 1b, 13, 26, 27 y 28: 37,50 euros.
(*) Categorías de actividades y gases incluidos en el anexo I de la Ley 13/2010, de 5 de julio, por la que se modifica la Ley 1/2005, de 4 de marzo, por la que se regula el régimen de comercio de emisión de gases de efecto invernadero, para perfeccionar y ampliar el régimen general de comercio de derechos de emisión e incluir la aviación en el mismo.
f) Emisión de certificado de compensación ambiental de emisiones de gases de efecto invernadero.
Por cada certificado: 8,04 euros.
g) Acreditación de verificadores ambientales en el marco de la iniciativa Less CO2.
Por cada certificado de acreditación: 149,99 euros.
h) Actuaciones administrativas para el certificado de declaración de conformidad de los inventarios de emisiones y remociones de gases de efecto invernadero o huella de carbono, por cada certificado:
1. Organizaciones:
Alcance 1 y 2: 50,50 euros.
Si se incluyen emisiones del alcance 3: 101,00 euros.
2. Productos o servicios, o eventos: 202,00 euros.
Estas tasas se multiplican por dos si las emisiones de alcance 1 y 2 superan las 5.000 Tm de CO2 equivalente.
En el caso de cumplir más de uno de los casos anteriores se cobrará la tasa de mayor cuantía.
Organizaciones y eventos alcance 1 (emisiones directas); alcance 2 (emisiones indirectas, por compra de energía eléctrica); alcance 3 (otras indirectas): según ISO 14064.
Sección Tercera: fotocopia o impresión en papel, escaneo, digitalización o cambio de formato, y soporte físico digital, necesarios para el suministro de información en materia ambiental y de calidad ambiental, a instancia expedición de parte interesada, mediante reproducción copia de documentos de procedimientos, en materia de calidad, evaluación y planos, según los siguientes formatos: control ambiental:
Por cada fotocopia o impresión en blanco y negro papel (DIN A4), a partir de la vigésima (diecinueve primeras páginas exentas): 0,03 €/página. euros/página.
Por cada fotocopia o impresión en blanco y negro papel (DIN A3): 0,04 €/página. euros/página.
Por cada fotocopia o impresión en color papel (DIN A4), a partir de la vigésima (diecinueve primeras páginas exentas): 0,12 €/página. euros/página.
Por cada fotocopia o impresión en color (DIN A3): 0,25 €/página. euros/página.
Por cada m2 de copia o impresión de plano en blanco y negro: 0,42 €. euros.
Por cada m2 de copia o impresión de plano en color: 1,10 €. euros.
Por cada DVD: 0,61 €.
Sección Cuarta: Inscripción en el Registro de Entidades de Control Ambiental, y control y seguimiento de sus actuaciones en materia de calidad ambiental.
1) Inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras en materia de calidad ambiental, por cada solicitud: 425,48
2) Por cada solicitud de modificación página escaneada, digitalizada o traspuesta a formatos diferentes del original: 0,05 euros por página, con un mínimo de la inscripción (excluidas cancelaciones): 85,09 10 euros.
3) Por cada Memoria Anual de Actividad de la entidad Entidades unidad de Control Ambiental presentada: 99,50 soporte físico digital: 6 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2023 En vigor | BOE-A-2023-3346 | Leer | Qué cambió |
| 26 de junio de 2021 | BOE-A-2021-21313 | Leer | Qué cambió |
| 14 de febrero de 2018 | BOE-A-2018-8156 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2018 | BOE-A-2018-2468 | Leer | Qué cambió |
| 12 de enero de 2017 | BOE-A-2017-2229 | Leer | Qué cambió |
| 31 de diciembre de 2013 | BOE-A-2014-752 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2011 | BOE-A-2011-10362 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2008 | BOE-A-2008-12587 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2007 | BOE-A-2007-9892 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2006 | BOE-A-2006-9966 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2005 | BOE-A-2005-14444 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2004 | BOE-A-2004-90027 | Leer |


