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Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

Artículo 4. Cuotas.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2005 y la del 1 de enero de 2006. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (67 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 4. Cuotas.
Las actuaciones sujetas se gravarán conforme a la siguiente clasificación:
Sección primera. Actuaciones y autorizaciones sobre Impacto Ambiental, Autorización y Control de Actividades Evaluadas o Clasificadas:
1. Evaluación de Impacto Ambiental. Según valor del proyecto, en euros:
a) Hasta 601.012,10 €: 506,348400 €.
b) De 601.012,11 a 3.005.060,52 €: 689,224200 €.
c) Más de 3.005.060,52 €: 1.402,755000 €.
2. Obtención del Acta de Puesta en Marcha y Funcionamiento de Actividades Evaluadas o Clasificadas. Según el valor del proyecto, en euros:
a) Hasta 601.012,10 €: 42,911400 €.
b) De 601.012,11 a 3.005.060,52 €: 122,604000 €.
c) Más de 3.005.060,52 €: 306,520200 €.
Sección segunda. Actuaciones, Autorizaciones Administrativas y Control de la Gestión de Actividades Potencialmente Contaminantes: Actividades.
1. Autorización para el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación. Según el valor del proyecto en euros:
a) Hasta 601.012,10 €: 496,420000 €.
b) De 601.012,11 a 3.005.060,52: 675,710000 €.
c) Más de 3.005.060,52 €: 1.357,250000 €.
2. Autorización de vertidos al mar, autorización de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera, clasificadas en el Grupo A y autorización de gestor de residuos peligrosos. Según el valor del proyecto, en euros:
a) Hasta 601.012,10 €: 465,660000 €.
b) De 601.012,11 a 3.005.060,52 €: 633,650000 €.
c) Más de 3.005.060,52 €: 1.273,260000 €.
3. Autorización de actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera clasificadas en el Grupo B y autorización de gestor de residuos no peligrosos. Según el valor del proyecto, en euros:
a) Hasta 601.012,10 €: 230,870000 €.
b) De 601.012,11 a 3.005.060,52 €: 303,700000 €.
c) Más de 3.005.060,52 €: 640,510000 €.
4. Autorización como productor de residuos peligrosos y autorización de transportista de residuos peligrosos. Según el valor del proyecto o según valor de los vehículos de transporte, en euros:
a) Hasta 601.012,10 €: 180,300000 €.
c) Más de 601.012,10 €: 420,710000 €.
5. Inscripción en los correspondientes registros relativos a: Actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera clasificadas en el Grupo C, pequeños productores de residuos peligrosos y transportista de residuos no peligrosos:
Por cada inscripción: 33,178296 €.
6. Autorización de importación y exportación de residuos:
a) Por la autorización previa: 33,841862 €.
b) Por cada Tm se percibirá, además, adicionalmente: 0,676576 €.
Reglamentariamente se establecerá el régimen y periodicidad con que se liquidará la cuota complementaria por cada tonelada.
7. Autorización de emisión de gases de efecto invernadero:
Por cada autorización: 230,870000 €.
8. Designación como organismo de acreditación.
a) Por cada autorización: 678,290000 €
b) Por cada reconocimiento formal: 339,120000 €.
9. Conformidad del informe verificado de las emisiones de gases de efecto invernadero del año precedente de cada instalación e inscripción del dato en la tabla de emisiones verificadas en el Registro Nacional de Derechos de Emisión.
Por cada conformidad e inscripción en el Registro: 47,130000
€.
Sección tercera. Obtención de Información en Materia Medioambiental:
1. Suministro de información a instancia de parte interesada:
a) Por cada expediente general objeto de información: 33,841862 €.
b) Por cada expediente de Evaluación de Impacto Ambiental: 67,683725 €.
Sección cuarta. Inscripción en el registro de entidades colaboradoras, el control y seguimiento de sus actuaciones en materia de Calidad Ambiental:
1. Inscripción en el Registro de Entidades Colaboradoras en materia de Calidad Ambiental:
Por cada solicitud de inscripción, ampliación o modificación: 331,782960 €.
2. Control y seguimiento de las actuaciones de las Entidades Colaboradoras en materia de calidad ambiental:
Por cada solicitud de actuación como Entidad Colaboradora en materia de calidad ambiental: 0,660000 €.
Sección quinta. Actividad Administrativa por solicitud y tramitación de Inscripción en el Registro Europeo Emas:
Inscripción en el Registro Europeo de centros adheridos al sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales:
Por cada solicitud de inscripción, y por cada centro, en el Registro Europeo EMAS: 497,674444 €.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2023 En vigor BOE-A-2023-3346 Leer Qué cambió
26 de junio de 2021 BOE-A-2021-21313 Leer Qué cambió
14 de febrero de 2018 BOE-A-2018-8156 Leer Qué cambió
1 de enero de 2018 BOE-A-2018-2468 Leer Qué cambió
12 de enero de 2017 BOE-A-2017-2229 Leer Qué cambió
31 de diciembre de 2013 BOE-A-2014-752 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2011-10362 Leer Qué cambió
1 de enero de 2008 BOE-A-2008-12587 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-9892 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 BOE-A-2006-9966 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-14444 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2004 BOE-A-2004-90027 Leer

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