LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

Artículo 4. Cuota.

Artículo 4. Cuota.

1. Por inscripción en las pruebas de capacitación: 26,711015 €.

2. Expedición de carnés profesionales, certificados de habilitación profesional o cualquier otro título y su renovación: 19,05 euros.

Se modifica el apartado 2 por el art. 7.2 de la Ley 7/2011, de 26 de diciembre. BOE-A-2012-2270

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2012 En vigor BOE-A-2012-2270 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2004 BOE-A-2004-90027 Leer

← Artículo 3 Índice Artículo 5 →