Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
Artículo 4. Cuota.
Artículo 4. Cuota.
Los sujetos pasivos deberán abonar las siguientes cantidades:
Por la inscripción y realización de la prueba de conjunto para la homologación de los entrenadores nacionales y regionales de fútbol y fútbol sala con los títulos de los Técnicos Deportivos: 86,00 €.
Se añade por el art. 5.18 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre. BOE-A-2013-1927


