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Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

Artículo 5. Bonificaciones.

Artículo 5. Bonificaciones.

La cuota puede ser objeto de reducción de un 30% para los solicitantes registrados en el EMAS, o de un 20% con certificación conforme a la norma ISO 14001.

Se modifica por el art. 5.4 de la Ley 14/2012, de 27 de diciembre. BOE-A-2013-1927

Se añade por el art. 10.5 de la Ley 8/2004, de 28 de diciembre. BOE-A-2005-14444

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BORM núm. 59, de 12 de marzo de 2005. BORM-s-2005-90259.

 

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2013 En vigor BOE-A-2013-1927 Leer Qué cambió
1 de enero de 2005 BOE-A-2005-14444 Leer

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