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Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

Artículo 5. Bonificaciones.

Artículo 5. Bonificaciones.

Gozarán de una bonificación del 50 %, los sujetos pasivos que en el momento del devengo acrediten ser víctimas de terrorismo, así como sus cónyuges e hijos.

Se añade por el art. 6.9 de la Ley 1/2017, de 9 de enero. BOE-A-2017-2229

Se suprime por el art. 2.8 de la Ley 3/2010, de 27 de diciembre. BOE-A-2011-10362

Se modifica por el art. 6.10 de la Ley 12/2006, de 27 de diciembre. BOE-A-2007-9892

Se modifica por el art. 56.4 de la Ley 9/2005, de 29 de diciembre. BOE-A-2006-9966

Se añade el apartado 5 por el art. 10.11 de la Ley 8/2004, de 28 de diciembre. BOE-A-2005-14444

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BORM núm. 59, de 12 de marzo de 2005. BORM-s-2005-90259.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de enero de 2017 En vigor BOE-A-2017-2229 Leer Qué cambió
1 de enero de 2011 BOE-A-2011-10362 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-9892 Leer

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