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Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.

T180

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de diciembre de 2004 y la del 31 de marzo de 2011. Tachado: lo que se quitó (82 palabras). Subrayado: lo que se añadió (10 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 5. Exenciones y bonificaciones. T180
De conformidad con Tasa por la normativa vigente inscripción en relación con las familias numerosas:
1. Los miembros
pruebas de familias numerosas clasificadas en la segunda categoría aptitud y de honor de acuerdo con la citada normativa, gozarán de exención total de la cuota en la expedición de títulos, diplomas y certificados y sus duplicados.
2. Los miembros de familias numerosas clasificados en la primera categoría de acuerdo con la misma normativa, gozarán de una bonificación
del 50 por 100 título de la cuota establecida para los mismos casos del punto anterior. controlador de acceso

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
31 de marzo de 2011 En vigor BOE-A-2012-2265 Leer Qué cambió
28 de diciembre de 2004 BOE-A-2004-90027 Leer

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