Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 9 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas, Precios Públicos y Contribuciones Especiales.
T180
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de diciembre de 2004 y la del 31 de marzo de 2011.
Tachado: lo que se quitó (82 palabras). Subrayado: lo que se añadió (10 palabras).
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Artículo 5. Exenciones y bonificaciones. T180
De conformidad con Tasa por la normativa vigente inscripción en relación con las familias numerosas: pruebas de
1. Los miembrosfamilias numerosas clasificadas en la segunda categoría aptitud y de honor de acuerdo con la citada normativa, gozarán de exención total de la cuota en la expedición de títulos, diplomas y certificados y sus duplicados. del
2. Los miembros de familias numerosas clasificados en la primera categoría de acuerdo con la misma normativa, gozarán de una bonificación50 por 100 título de la cuota establecida para los mismos casos del punto anterior. controlador de acceso
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de marzo de 2011 En vigor | BOE-A-2012-2265 | Leer | Qué cambió |
| 28 de diciembre de 2004 | BOE-A-2004-90027 | Leer |


