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Legislación › Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia.

Disposición transitoria séptima.

Disposición transitoria séptima.

Hasta tanto se produzca la adaptación del planeamiento general a lo dispuesto en esta Ley, las autorizaciones para usos provisionales y vivienda a que se refieren los apartados 1 y 2 del artículo 77 corresponderán a la Administración Regional.

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