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Legislación › Decreto-ley 2/2019, de 26 de diciembre, de Protección Integral del Mar Menor.

Artículo 53. Limitaciones adicionales relativas al riego.

Artículo 53. Limitaciones adicionales relativas al riego.

1. Será obligatoria la instalación de sensores de humedad, tensiómetros o cualquier otro dispositivo que sirva de apoyo para una gestión eficiente del agua en todo el perfil de suelo afectado por el riego. Se exceptúan las explotaciones de superficie inferior a 0,5 ha.

2. Queda prohibido el empleo de goteros, en cultivos hortícolas, con caudales unitarios superiores a 2,2 L/h.

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