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Legislación › Decreto-ley 8/2020, de 16 de julio, por el que se establece el régimen sancionador por el incumplimiento de las medidas de prevención y contención aplicables en la Región de Murcia para afrontar la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19.

Artículo 14. Colaboración entre Administraciones Públicas.

Artículo 14. Colaboración entre Administraciones Públicas.

Las Administraciones públicas con competencias en las materias afectadas por el presente decreto ley deberán desarrollar sus respectivas funciones y actuaciones procurando en todo momento la seguridad y salud de las personas. A tal efecto, deberán prestarse mutuamente la asistencia y colaboración requerida para garantizar el cumplimiento y eficacia de lo dispuesto en este decreto ley.

Asimismo, se recabará la cooperación y apoyo de las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado en la aplicación de lo dispuesto en el presente decreto ley.

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