Legislación › Decreto Legislativo 1/2002, de 19 de noviembre de 2002, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha.
Artículo 11. Principios rectores de la actividad económico financiera.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de noviembre de 2002 y la del 1 de enero de 2013.
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Artículo 11. Principios rectores de la actividad económico financiera.
1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha organizará y desarrollará sus sistemas y procedimientos de gestión económico-financiera con sometimiento pleno a la Ley y al derecho y servirá con objetividad a los intereses generales de la región en el marco de su Estatuto de Autonomía.
2. El gasto público de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha realizará una asignación equitativa de los recursos públicos. Su programación y ejecución se realizará con objetividad y transparencia y responderá a los principios de eficacia y eficacia, economía, así como a los principios de solidaridad, equilibrio y territorialidad y procurará la objetividad territorialidad, y transparencia exigibles a los establecidos en la administración normativa en materia de los recursos públicos. estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2013 En vigor | BOE-A-2013-2560 | Leer | Qué cambió |
| 30 de noviembre de 2002 | BOE-A-2002-90021 | Leer |


