LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 1/2005, de 10 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de las leyes 7/1985, de 17 de julio, y 4/1996, de 31 de mayo, de cajas de ahorros de Galicia.

Artículo 100. Estatutos.

Artículo 100. Estatutos.

1. Los estatutos de la Federación Gallega de Cajas de Ahorros serán aprobados por la Consellería de Economía y Hacienda.

2. Los estatutos fundacionales de la Federación Gallega de Cajas de Ahorros tendrán que ser propuestos por las cajas, previo acuerdo que represente como mínimo la mayoría de dos tercios de sus depósitos de clientes referidos al último balance anual cerrado.

← Artículo 99 Índice Disposición transitoria →