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Legislación › Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial.

Artículo 68. Proyectos industriales incluidos dentro del Plan autonómico de impulso y aceleración de proyectos industriales.

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Artículo 68. Fines y objetivos de los programas de innovación.
1. Los programas de innovación tendrán como finalidad la innovación industrial, la incorporación de tecnologías avanzadas en las empresas
Proyectos industriales incluidos dentro del Plan autonómico de Galicia impulso y la generación de infraestructuras tecnológicas aceleración de utilización colectiva. proyectos industriales.
2. Con tal finalidad, en los programas En el Plan de innovación se diseñarán impulso y se establecerán los aceleración de proyectos adecuados para conseguir, entre otros, que industriales se puedan establecer reglamentariamente, incluirán los siguientes objetivos: proyectos industriales:
a) Fomentar la introducción de la innovación Los proyectos industriales estratégicos, una vez que sean declarados como un elemento esencial en la actividad tales, de las empresas gallegas, acuerdo con lo previsto en especial, por una parte, a través el capítulo III del estímulo al desarrollo título III. En este caso la inclusión de los proyectos de innovación por ellas, y, en particular, por las pequeñas y medianas empresas, y, por otra parte, mediante el impulso de dinámicas plan será efectuada de colaboración entre las empresas gallegas para optimizar las inversiones en innovación. oficio, una vez que sea declarado su carácter estratégico.
b) Proteger el emprendimiento corporativo como vía de crecimiento a través de la generación de empresas desde la empresa.
c) Promover la formación
Los proyectos industriales que, sin cumplir los requisitos establecidos para los proyectos industriales estratégicos, se incluyan en el ámbito de la gestión de la innovación.
d) Impulsar la creación de
este plan por considerarse que, por sus características, tienen un interés y una red de agentes facilitadores de propuestas de proyectos colaborativos incidencia cualificada para el desarrollo o ejecución de I+D+i.
e) Fomentar
la incorporación política industrial gallega y el tejido industrial gallego, de las TIC acuerdo con lo establecido en la actuación de las empresas gallegas. los artículos siguientes.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2026 En vigor BOE-A-2026-3385 Leer Qué cambió
1 de enero de 2024 BOE-A-2024-2777 Leer Qué cambió
10 de julio de 2015 BOE-A-2015-90508 Leer

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