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Legislación › Decreto Legislativo 1/1993, de 9 de marzo, sobre comercio interior, por el que se aprueba la refundición en un texto único de los preceptos de la Ley 1/1983, de 18 de febrero, y la Ley 23/1991, de 29 de noviembre.

Artículo 10. Autorización de los ayuntamientos.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de junio de 1993 y la del 7 de octubre de 2010. Tachado: lo que se quitó (29 palabras). Subrayado: lo que se añadió (94 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 10. Autorización de los ayuntamientos.
1. Los ayuntamientos pueden autorizar la venta no sedentaria en los espacios y vías públicas de los municipios respectivos, en perímetros y en puestos lugares determinados previamente, y establecer asimismo establecer, asimismo, el número total de puestos permitidos así como sus paradas permitidas y dimensiones.
2. Las ordenanzas municipales tienen que prever los criterios de otorgamiento de las autorizaciones.
3.
En la autorización debe constar, tiene que constar como mínimo su periodo de vigencia, el lugar preciso donde debe tiene que ejercerse la actividad, así como y también los productos concretos para los que es válida, y debe tiene que ser exhibida de manera visible y permanente en las paradas de venta.
3. 4. La autorización del ayuntamiento no se concederá puede conceder por un tiempo no superior a un año. Sólo ocho años. Solamente puede ser revocada por el incumplimiento de la presente Ley y o de las ordenanzas municipales y no da derecho, y, en estos casos, no da derecho a indemnizaciones indemnización ni compensaciones. a compensaciones de ningún tipo.
5. Los procedimientos que comporten el otorgamiento de nuevas autorizaciones no pueden ser automáticos ni pueden comportar ningún tipo de ventaja para los prestadores cesantes ni para las personas que estén especialmente vinculadas con él.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de julio de 2011 En vigor BOE-A-2011-13896 Leer Qué cambió
7 de octubre de 2010 BOE-A-2010-16139 Leer Qué cambió
10 de junio de 1993 BOE-A-1993-90001 Leer

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