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Legislación › Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.

Artículo 131. Contratación.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 21 de mayo de 2003 y la del 18 de marzo de 2023. Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (7 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 131. Contratación.
La contratación de obras y suministros, si procede, en su caso, tiene que adaptarse a lo que establece establecido por la legislación de contratación aplicable de aplicación a los entes locales.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
18 de marzo de 2023 En vigor BOE-A-2023-10344 Leer Qué cambió
21 de mayo de 2003 BOE-A-2003-90008 Leer

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