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Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.

En vigor Comunidad Autónoma de Cataluña · Publicada el 20 de mayo de 2003 · Último cambio el 25 de marzo de 2026 · Ver en el BOE

Índice

  1. no
  2. Preámbulo
  3. Artículo único.
  4. Disposición final.
  5. Firma
  6. TEXTO
  7. TÍTULO I
  8. Artículo 1. Municipios y comarcas.
  9. Artículo 2. Otros entes locales.
  10. Artículo 3. Entes locales territoriales.
  11. Artículo 4. Registro de entes locales.
  12. Artículo 5. Lengua de los entes locales.
  13. Artículo 6. Legislación sobre régimen local.
  14. Artículo 7. Principios de actuación administrativa y control de legalidad.
  15. Artículo 8. Potestades de los entes locales.
  16. Artículo 9. Competencias de los entes locales.
  17. TÍTULO II
  18. Artículo 10. Competencias y territorio locales.
  19. CAPÍTULO I
  20. Artículo 11. Definición y características.
  21. Artículo 12. Alteración.
  22. Artículo 13. Agregación total o fusión de municipios.
  23. Artículo 14. Agregación parcial de municipios.
  24. Artículo 15. Creación de municipios.
  25. Artículo 16. Suficiencia de recursos.
  26. Artículo 17. Procedimiento de alteración de términos. 2 redacciones · cambió el 24/07/2015
  27. Artículo 18. Resolución. 3 redacciones · cambió el 31/12/2021
  28. Artículo 19. Contenido del decreto. 3 redacciones · cambió el 31/12/2021
  29. Artículo 20. Fomento de fusiones o agregaciones municipales.
  30. Artículo 21. Fomento de mancomunidades.
  31. Artículo 22. Reforma de la organización municipal.
  32. Artículo 23. Informe de órganos colegiados.
  33. Artículo 24. Modificación de demarcaciones comarcales.
  34. Artículo 25. Delimitación de los términos municipales. 2 redacciones · cambió el 31/12/2021
  35. CAPÍTULO II
  36. Artículo 26. Ley de organización comarcal de Cataluña.
  37. CAPÍTULO III
  38. Artículo 27. Creación, adscripción y funciones.
  39. Artículo 28. Mapas municipales y comarcales.
  40. Artículo 29. Composición, estructura orgánica y funcionamiento de la Comisión.
  41. CAPÍTULO IV
  42. Artículo 30. Supuestos.
  43. Artículo 31. Procedimiento de cambio de denominación. 2 redacciones · cambió el 24/07/2015
  44. Artículo 32. Registro y publicación.
  45. Artículo 33. Capital del municipio.
  46. Artículo 34. Nombre del municipio.
  47. Artículo 35. Cambios de denominación y capitalidad comarcales.
  48. CAPÍTULO V
  49. Artículo 36. Escudo y emblema.
  50. Artículo 37. Bandera.
  51. Artículo 38. Aprobación o modificación del escudo o la bandera.
  52. TÍTULO III
  53. Artículo 39. Inscripción en el padrón.
  54. Artículo 40. Definición y carácter de los datos del padrón.
  55. Artículo 41. Datos obligatorios.
  56. Artículo 42. Gestión del padrón.
  57. Artículo 43. Derechos y deberes de los vecinos.
  58. Artículo 44. Efectividad y exigibilidad de los derechos.
  59. Artículo 45. Derechos y deberes para con la comarca.
  60. TÍTULO IV
  61. Artículo 46. Definición y características.
  62. CAPÍTULO I
  63. Artículo 47. Gobierno y administración municipales.
  64. Artículo 48. Órganos del municipio.
  65. Artículo 49. Órganos complementarios.
  66. Artículo 50. Grupos municipales.
  67. Artículo 51. Funciones y atribuciones de los grupos.
  68. Artículo 52. Pleno.
  69. Artículo 53. Alcalde o alcaldesa.
  70. Artículo 54. Comisión de gobierno.
  71. Artículo 55. Tenientes de alcalde o de alcaldesa.
  72. Artículo 56. Delegación del alcalde o alcaldesa.
  73. Artículo 57. Delegaciones del pleno a la comisión de gobierno.
  74. Artículo 58. Comisión especial de cuentas.
  75. Artículo 59. Síndico o síndica municipal de greuges.
  76. Artículo 60. Comisiones de estudio, de informe o de consulta.
  77. Artículo 61. Órganos territoriales de gestión desconcentrada.
  78. Artículo 62. Órganos de participación sectorial.
  79. Artículo 63. Funciones de los órganos de participación.
  80. Artículo 64. Delegación de funciones.
  81. Artículo 65. Núcleos separados de población.
  82. CAPÍTULO II
  83. Artículo 66. Competencias municipales y locales. 2 redacciones · cambió el 30/10/2025
  84. Artículo 67. Servicios mínimos.
  85. Artículo 68. Dispensa de prestación de servicios.
  86. Artículo 69. Supuestos de no necesidad de instruir expediente.
  87. Artículo 69 bis. Procedimiento voluntario para la suspensión temporal de la prestación de determinados servicios por parte de los municipios.
  88. Artículo 70. Delegación de competencias de la Generalidad.
  89. Artículo 71. Actividades complementarias.
  90. CAPÍTULO III
  91. Artículo 72. Municipios de régimen especial. 3 redacciones · cambió el 31/07/2025
  92. Artículo 73. Régimen de consejo abierto.
  93. Artículo 74. Municipios de montaña.
  94. Artículo 75. Municipios turísticos.
  95. Artículo 76. Municipios histórico-artísticos.
  96. Artículo 77. Municipios industriales.
  97. Artículo 78. Régimen especial de Barcelona.
  98. TÍTULO V
  99. Artículo 79. Constitución de entidades municipales descentralizadas. 5 redacciones · cambió el 10/03/2017
  100. Artículo 80. Requisitos.
  101. Artículo 81. Órganos de gobierno y administración. 3 redacciones · cambió el 17/03/2023
  102. Artículo 82. Competencias.
  103. Artículo 83. Régimen de funcionamiento.
  104. TÍTULO VI
  105. Artículo 84. Definición.
  106. Artículo 85. Competencias de la comarca.
  107. Artículo 86. Objeto de la Ley de organización comarcal.
  108. TÍTULO VII
  109. Artículo 87. Definición. 3 redacciones · cambió el 15/06/2011
  110. Artículo 88. Organización y competencias provinciales. 3 redacciones · cambió el 15/06/2011
  111. Artículo 89. Organización provincial. 3 redacciones · cambió el 15/06/2011
  112. Artículo 90. Pleno de la diputación. 3 redacciones · cambió el 15/06/2011
  113. Artículo 91. Competencias de las provincias. 3 redacciones · cambió el 15/06/2011
  114. Artículo 92. Funciones de asistencia y cooperación. 3 redacciones · cambió el 15/06/2011
  115. Artículo 93. Asistencia y cooperación comarcal. 3 redacciones · cambió el 15/06/2011
  116. TÍTULO VIII
  117. Artículo 94. Creación de entidades metropolitanas.
  118. Artículo 95. Naturaleza y competencias.
  119. Artículo 96. Objeto de la Ley reguladora de la entidad metropolitana.
  120. TÍTULO IX
  121. CAPÍTULO I
  122. Artículo 97. Clases de sesiones.
  123. Artículo 98. Sesiones del pleno.
  124. Artículo 99. Sesiones de la comisión de gobierno.
  125. Artículo 100. Sesiones de las comisiones de estudio, de informe o de consulta.
  126. Artículo 101. Sesiones de la comisión especial de cuentas.
  127. Artículo 102. Lugar y asistencia a las sesiones.
  128. Artículo 103. Convocatoria de los órganos colegiados.
  129. CAPÍTULO II
  130. Artículo 104. Informes de las comisiones.
  131. Artículo 105. Ruegos y preguntas.
  132. Artículo 106. Propuestas de resolución.
  133. Artículo 107. Debates.
  134. Artículo 108. Aprobación de las propuestas.
  135. Artículo 109. Explicación del voto.
  136. CAPÍTULO III
  137. Artículo 110. Obligación de levantar acta.
  138. Artículo 111. Libro de actas.
  139. CAPÍTULO IV
  140. Artículo 112. Funcionamiento de otros órganos colegiados.
  141. Artículo 113. Funcionamiento de los órganos de participación.
  142. CAPÍTULO V
  143. Artículo 114. Adopción de acuerdos.
  144. TÍTULO X
  145. CAPÍTULO I
  146. Artículo 115. Derecho para mancomunarse. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  147. Artículo 116. Naturaleza, estatutos y órganos de gobierno. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  148. Artículo 117. Iniciativa para constituirse. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  149. Artículo 118. Proyecto de estatutos. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  150. Artículo 119. Aprobación del proyecto de estatutos. 3 redacciones · cambió el 17/03/2023
  151. Artículo 120. Aprobación y modificación de los estatutos. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  152. Artículo 121. Disolución. 3 redacciones · cambió el 17/03/2023
  153. Artículo 122. Asesoramiento y apoyo. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  154. CAPÍTULO II
  155. Artículo 123. Creación, naturaleza y legislación aplicable. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  156. Artículo 124. Requisitos. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  157. Artículo 125. Procedimiento de constitución. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  158. Artículo 126. Proyecto de convenio de la comunidad. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  159. Artículo 127. Competencias de la comunidad. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  160. Artículo 128. Órganos. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  161. Artículo 129. Funciones del presidente o presidenta. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  162. Artículo 130. Secretario o secretaria. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  163. Artículo 131. Contratación. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  164. Artículo 132. Presupuesto y finanzas. 2 redacciones · cambió el 17/03/2023
  165. TÍTULO XI
  166. Artículo 133. Derecho de asociarse en organizaciones.
  167. Artículo 134. Personalidad y estatutos.
  168. Artículo 135. Registro de asociaciones.
  169. Artículo 136. Legislación general sobre asociaciones.
  170. TÍTULO XII
  171. Artículo 137. Delegación de competencias de la Generalidad.
  172. CAPÍTULO I
  173. Artículo 138. Régimen de la delegación.
  174. Artículo 139. Acuerdo de delegación.
  175. Artículo 140. Suspensión o inefectividad de la delegación.
  176. CAPÍTULO II
  177. Artículo 141. Acuerdo de asignación y facultades de dirección y control.
  178. Artículo 142. Suspensión o inefectividad de la asignación.
  179. CAPÍTULO III
  180. Artículo 143. Dotación económica y medios.
  181. TÍTULO XIII
  182. Artículo 144. Principios de actuación.
  183. Artículo 145. Envío de actos y acuerdos. 2 redacciones · cambió el 24/07/2015
  184. Artículo 145 bis. Envío de documentación económico-financiera. 2 redacciones · cambió el 25/03/2026
  185. Artículo 146. Coordinación de la actividad local.
  186. Artículo 147. Órganos paritarios de colaboración.
  187. Artículo 148. Planes sectoriales de coordinación.
  188. Artículo 149. Participación en la elaboración de los planes.
  189. Artículo 150. Establecimiento de convenios o creación de consorcios.
  190. Artículo 151. Ejecución subsidiaria de competencias locales.
  191. Artículo 152. Actuación integrada.
  192. Artículo 153. Delegación por entidades supramunicipales.
  193. TÍTULO XIV
  194. Artículo 154. Facilitación de información y participación ciudadanas.
  195. CAPÍTULO I
  196. Artículo 155. Publicidad de las actuaciones locales.
  197. CAPÍTULO II
  198. Artículo 156. Publicidad de las sesiones.
  199. Artículo 157. Derecho de petición.
  200. CAPÍTULO III
  201. Artículo 158. Carácter y derechos.
  202. CAPÍTULO IV
  203. Artículos 159 a 161.
  204. Artículo 159. Supuestos, requisitos y procedimiento.
  205. Artículo 160. Convocatoria de la consulta y publicación.
  206. Artículo 161. Realización de la consulta.
  207. TÍTULO XV
  208. Artículo 162. Legislación aplicable.
  209. CAPÍTULO I
  210. Artículo 163. Registro de intereses.
  211. Artículo 164. Derecho de información.
  212. Artículo 165. Asistencia a las sesiones.
  213. Artículo 166. Retribuciones e indemnizaciones.
  214. Artículo 167. Incompatibilidades.
  215. CAPÍTULO II
  216. Artículo 168. Supuestos e instrucción de expediente.
  217. CAPÍTULO III
  218. Artículo 169. Supuestos.
  219. CAPÍTULO IV
  220. Artículo 170. De los concejales y grupos municipales.
  221. TÍTULO XVI
  222. CAPÍTULO I
  223. Artículo 171. Ejecutividad de los actos locales.
  224. Artículo 172. Fin de la vía administrativa.
  225. Artículo 173. Revisión de disposiciones, actos y acuerdos.
  226. Artículo 174. Responsabilidad patrimonial.
  227. Artículo 175. Defensa de los derechos y de los bienes.
  228. Artículo 176. Conflictos de atribuciones.
  229. Artículo 177. Legalidad de la actuación administrativa local.
  230. Artículo 178. Ordenanzas y reglamentos.
  231. Artículo 179. Informe previo de secretario e interventor.
  232. CAPÍTULO II
  233. Artículo 180. Sujetos legitimados.
  234. Artículo 181. Impugnación o requerimiento por la Generalidad.
  235. Artículo 182. Impugnación directa por la Generalidad.
  236. Artículo 183. Ampliación de información.
  237. TÍTULO XVII
  238. Artículo 184. Asistencia y cooperación de la Generalidad.
  239. Artículo 185. Coordinación de la asistencia y la cooperación.
  240. Artículo 186. Plan director de inversiones locales de Cataluña.
  241. Artículo 187. Coordinación del Plan y beneficiarios.
  242. Artículo 188. Elaboración del Plan director.
  243. Artículo 189. Duración del Plan y programas.
  244. Artículo 190. Comisión de Cooperación Local.
  245. Artículo 191. Convenios y consorcios.
  246. Artículo 192. Comisión de Gobierno Local.
  247. Artículo 193. Funciones y funcionamiento.
  248. Artículo 194. Investigación, información y difusión en materia local.
  249. TÍTULO XVIII
  250. Artículo 195. Regulación de las finanzas locales.
  251. Artículo 196. Contenido de la Ley de finanzas locales.
  252. Artículo 197. Fondos de cooperación local y tutela financiera.
  253. Artículo 198. Distribución del Fondo.
  254. TÍTULO XIX
  255. CAPÍTULO I
  256. Artículo 199. Bienes y derechos del patrimonio local.
  257. Artículo 200. Clasificación de los bienes.
  258. Artículo 201. Bienes de dominio público.
  259. Artículo 202. Bienes comunales.
  260. Artículo 203. Bienes patrimoniales.
  261. Artículo 204. Alteración de la calificación jurídica.
  262. Artículo 205. Desafectación.
  263. Artículo 206. Adquisición de los bienes. 3 redacciones · cambió el 30/04/2020
  264. Artículo 207. Permanencia de las modalidades de afectación.
  265. Artículo 208. Inalienabilidad, inembargabilidad e imprescriptibilidad.
  266. Artículo 209. Enajenación y gravamen. 3 redacciones · cambió el 30/04/2020
  267. Artículo 210. Permuta.
  268. Artículo 211. Cesión gratuita de bienes.
  269. Artículo 212. Cesión gratuita de inmuebles.
  270. Artículo 213. Adscripción y reversión de bienes.
  271. Artículo 214. Acuerdos de enajenación, gravamen y cesión.
  272. Artículo 215. Legislación sectorial.
  273. Artículo 216. Sucesión en la titularidad.
  274. Artículo 216 bis. Mutación demanial entre administraciones públicas. 2 redacciones · cambió el 30/04/2020
  275. Artículo 217. Normativa sobre el uso de los bienes.
  276. Artículo 218. Utilización de los bienes.
  277. Artículo 219. Administración de los bienes patrimoniales.
  278. Artículo 220. Aprovechamiento de bienes comunales.
  279. Artículo 221. Concesiones de dominio público.
  280. Artículo 222. Inventario de los bienes.
  281. Artículo 223. Registro de la propiedad.
  282. Artículo 224. Organismos autónomos.
  283. Artículo 225. Conservación y mejora.
  284. Artículo 226. Deslinde.
  285. Artículo 227. Defensa de los bienes.
  286. Artículo 228. Extinción de derechos.
  287. Artículo 229. Ejercicio de acciones.
  288. Artículo 230. Acuerdo del pleno.
  289. Artículo 231. Protección ante actuaciones judiciales.
  290. Artículo 232. No tributación.
  291. Artículo 233. Obligaciones de los particulares.
  292. CAPÍTULO II
  293. Artículo 234. Obras locales.
  294. Artículo 235. Proyecto de obras.
  295. Artículo 236. Modalidades de intervención. 3 redacciones · cambió el 24/07/2015
  296. Artículo 236 bis. Ventanilla única.
  297. Artículo 237. Ordenanzas y bandos.
  298. Artículo 238. Ordenación sectorial e intervención administrativa. 2 redacciones · cambió el 06/10/2010
  299. Artículo 239. Actividad de fomento.
  300. Artículo 240. Subvenciones.
  301. Artículo 241. Concesión de subvenciones.
  302. Artículo 242. Acción concertada.
  303. Artículo 243. Actividades económicas.
  304. Artículo 244. Actividad económica y servicio esencial.
  305. Artículo 245. Régimen de prestación de los servicios.
  306. Artículo 246. Creación, organización y supresión de servicios.
  307. Artículo 247. Reglamentación del servicio.
  308. Artículo 248. Igualdad en el acceso y participación de los usuarios.
  309. Artículo 249. Gestión del servicio público. 2 redacciones · cambió el 24/07/2015
  310. Artículo 250. Establecimiento y garantía del servicio.
  311. Artículo 251. Dirección y control del servicio.
  312. Artículo 252. Gestión directa.
  313. Artículo 253. Organización especial.
  314. Artículo 254. Organismo autónomo.
  315. Artículo 255. Sociedad mercantil.
  316. Artículo 256. Transformación de sociedades.
  317. Artículo 257. Dirección y administración de la sociedad.
  318. Artículos 258 a 268.
  319. Artículo 258. Concesión.
  320. Artículo 259. Régimen de la concesión.
  321. Artículo 260. Gestión interesada.
  322. Artículo 261. Concierto.
  323. Artículo 262. Arrendamiento de instalaciones.
  324. Artículo 263. Arrendamiento de personal y medios.
  325. Artículo 264. Sociedades mercantiles de economía mixta.
  326. Artículo 265. Participación en el capital social.
  327. Artículo 266. Cooperativas.
  328. Artículo 267. Régimen de la gestión indirecta.
  329. Artículo 268. Tarifas de los servicios.
  330. Artículo 269. Consorcio.
  331. Artículo 270. Régimen y formas de gestión.
  332. Artículo 271. Estatutos del consorcio.
  333. Artículo 272. Limitaciones para participar en el consorcio. 2 redacciones · cambió el 24/07/2015
  334. CAPÍTULO III
  335. Artículos 273 a 281.
  336. Artículo 273. Contratos locales y normativa reguladora.
  337. Artículo 274. Competencia contractual de los órganos locales.
  338. Artículo 275. Informes y dictámenes.
  339. Artículo 276. Órganos colegiados.
  340. Artículo 277. Publicidad. 2 redacciones · cambió el 30/01/2014
  341. Artículo 278. Pliegos de cláusulas administrativas generales.
  342. Artículo 279. Importe máximo en el procedimiento negociado.
  343. Artículo 280. Garantías.
  344. Artículo 281. Ejecución directa de obras por los entes locales.
  345. TÍTULO XX
  346. Artículo 282. Clasificación.
  347. Artículo 283. Plantillas y relaciones de puestos de trabajo.
  348. Artículo 284. Registro de personal.
  349. Artículo 285. Ofertas de ocupación.
  350. Artículo 286. Selección del personal.
  351. Artículo 287. Determinación de cuerpos, escalas, plazas y categorías.
  352. Artículo 288. Oposición.
  353. Artículo 289. Concurso oposición.
  354. Artículo 290. Concurso.
  355. Artículo 291. Personal interino y laboral.
  356. Artículo 292. Tribunales de selección.
  357. Artículo 293. Formación de los funcionarios.
  358. Artículo 294. Provisión de puestos de trabajo.
  359. Artículo 295. Movilidad y conocimiento del catalán.
  360. Artículo 296. Promoción interna.
  361. Artículo 297. Grado personal.
  362. Artículo 298. Retribuciones.
  363. Artículo 299. Jornada de trabajo.
  364. Artículo 300. Régimen estatutario de los funcionarios.
  365. Artículo 301. Funcionarios transferidos.
  366. Artículo 302. Formación de los habilitados nacionales.
  367. Artículo 303. Provisión de plazas de habilitados nacionales.
  368. Artículo 304. Personal eventual.
  369. Artículo 305. Régimen del personal eventual y el interino.
  370. Artículo 306. Personal directivo. 2 redacciones · cambió el 30/04/2020
  371. Disposición adicional primera.
  372. Disposición adicional segunda.
  373. Disposición adicional tercera.
  374. Disposición adicional cuarta. Convocatorias para acceder a las distintas categorías de los cuerpos de extinción de incendios.
  375. Disposición adicional quinta. Régimen jurídico aplicable a Arán.
  376. Disposición adicional sexta. Concesión directa anual de subvenciones a favor de entidades locales para proyectos singulares.
  377. Disposición transitoria primera.
  378. Disposición transitoria segunda.
  379. Disposición transitoria tercera. Régimen transitorio.
  380. Disposición transitoria cuarta.
  381. Disposición final primera.
  382. Disposición final segunda.
  383. Disposición final tercera.