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Legislación › Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.

Artículo 232. No tributación.

Artículo 232. No tributación.

Los bienes comunales y los otros bienes de dominio público no están sujetos a ningún tributo.

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