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Legislación › Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.

Artículo 252. Gestión directa.

Artículo 252. Gestión directa.

1. En la gestión directa por el propio ente local, éste asume y centraliza el servicio, y ejerce de manera exclusiva las potestades de dirección y de gestión.

2. Los medios personales y materiales del servicio se adscriben y se integran en el presupuesto del ente local, de acuerdo con el principio de unidad presupuestaria.

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