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Legislación › Decreto Legislativo 2/2003, de 28 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley municipal y de régimen local de Cataluña.

Artículo 217. Normativa sobre el uso de los bienes.

Artículo 217. Normativa sobre el uso de los bienes.

El uso de los bienes de servicio público se rige por lo que disponen las normas sobre servicios de los entes locales y, supletoriamente, por las que regulan el patrimonio.

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