Legislación › Decreto Legislativo 1/2008, de 11 de marzo, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de cajas de ahorros de Cataluña.
Disposición adicional primera. Obligaciones de los órganos de gobierno.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 14 de marzo de 2008 y la del 1 de septiembre de 2010.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
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Disposición adicional. adicional primera. Obligaciones de los órganos de gobierno.
Los órganos de gobierno de las Cajas de Ahorros deben adoptar los acuerdos necesarios para que se ejecuten y cumplan debidamente las normas que contiene la presente Ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de septiembre de 2010 En vigor | BOE-A-2010-15127 | Leer | Qué cambió |
| 14 de marzo de 2008 | BOE-A-2008-90015 | Leer |


