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Legislación › Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales.

Artículo 32. Planeamiento.

Artículo 32. Planeamiento.

Los instrumentos de planeamiento territorial y urbanístico deben asegurar la preservación, el mantenimiento y la recuperación de los biotopos y de los hábitats de las especies protegidas.

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