LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales.

Artículo 4. Obligaciones de las personas propietarias y poseedoras de animales.

Artículo 4. Obligaciones de las personas propietarias y poseedoras de animales.

1. Las personas propietarias y las poseedoras de animales deben mantenerlos en buenas condiciones higiénico-sanitarias, de bienestar y de seguridad, de acuerdo con las características de cada especie.

2. La persona poseedora de un animal debe prestarle la atención veterinaria básica para garantizar su salud.

← Artículo 3 Índice Artículo 5 →