Legislación › Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales.
Disposición adicional sexta. Práctica de la pesca deportiva con peces vivos.
Disposición adicional sexta. Práctica de la pesca deportiva con peces vivos.
Sin perjuicio de lo que dispone el artículo 28, se puede autorizar la práctica de la modalidad de pesca deportiva con peces vivos, restringida a las especies que se establezcan por reglamento.
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