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Legislación › Decreto Legislativo 2/2008, de 15 de abril, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de protección de los animales.

Disposición transitoria primera. Curso de cuidador o cuidadora de animales.

Disposición transitoria primera. Curso de cuidador o cuidadora de animales.

En el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la Ley 22/2003, de 4 de julio, de protección de los animales, los centros de recogida de animales de compañía y los demás núcleos zoológicos deben haber cumplido la obligación de la ejecución del curso de cuidador o cuidadora de animales.

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