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Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

Artículo 12.20-3. Acreditación.

Artículo 12.20-3. Acreditación.

La acreditación de la tasa se produce en el momento de la expedición de la autorización y de las anillas que le correspondan.

Se modifica por el art. 37 de la Ley 3/2015, de 11 de marzo. BOE-A-2015-3637.

Se añade por el art. 65 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de marzo de 2015 En vigor BOE-A-2015-3637 Leer Qué cambió
31 de enero de 2014 BOE-A-2014-2999 Leer

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