Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 18.1-5. Cuota.
Artículo 18.1-5. Cuota.
El importe de la cuota es el siguiente:
a) Pruebas para la obtención de los certificados de nivel básico, elemental e intermedio de catalán: 21,00 euros.
b) Pruebas para la obtención de los certificados de nivel de suficiencia y superior de catalán: 50,49 euros.
Se modifica por el art. 80.1 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.
Se modifica por el art. 14 de la Ley 26/2009, de 23 de diciembre. BOE-A-2010-737.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2010-737 | Leer | Qué cambió |
| 28 de junio de 2008 | BOE-A-2008-90017 | Leer |


