Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 18.1-5. Cuota.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de junio de 2008 y la del 1 de enero de 2010.
Tachado: lo que se quitó (120 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras).
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Artículo 18.1-5. Cuota.
El importe de la cuota es: es el siguiente:
1. Pruebas para la obtención del certificado de nivel básico de catalán (certificado A básico): 14,10 euros. los certificados de nivel básico, elemental
2. Pruebas para la obtención del certificadode catalán (certificado A elemental): e intermedio: 14,10 euros.
3. 2. Pruebas para la obtención del certificado de nivel intermedio de catalán (certificado B): 14,10 euros. los certificados de suficiencia
4. Pruebas para la obtención del certificadode catalán (certificado C): 24,55 euros. y
5. Pruebas para la obtención del certificado de nivel superior de catalán (certificado D): 24,55 euros.
6. Pruebas para la obtención del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo: 24,55 euros.
7. Pruebas para la obtención del certificado de conocimientos de lenguaje jurídico: 24,55 euros.
8. Pruebas para la obtención del certificado de lenguaje comercial: 24,55 euros.
9. Pruebas para la obtención del certificado de capacitación para la corrección de textos oralesescritos: superior: 24,55 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de enero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-2999 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2010-737 | Leer | Qué cambió |
| 28 de junio de 2008 | BOE-A-2008-90017 | Leer |


