Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 2.1-2. Sujeto pasivo.
Artículo 2.1-2. Sujeto pasivo.
Son sujetos pasivos de la tasa los que solicitan la inscripción en las convocatorias para la selección de personal que hace la Generalidad.


