Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 21.25-5. Exenciones.
Artículo 21.25-5. Exenciones.
Están exentos del pago de esta tasa:
a) Las personas que pidan la reposición por rectificación y cambio de los datos que constan en la tarjeta.
b) Las renovaciones periódicas gestionadas y promovidas por la Administración.
Se añade por el art. 89 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.


