Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 24.4-1. Hecho imponible.
Artículo 24.4-1. Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de la tasa:
a) La inscripción en las pruebas de evaluación para la obtención del certificado de acreditación de competencias en TIC.
b) La expedición de copias del certificado de acreditación de competencias en TIC.
Se añade por el art. 28 de la Ley 16/2008, de 23 de diciembre. BOE-A-2009-1257.


