Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.
Artículo 25.9-4. Devengo.
Artículo 25.9-4. Devengo.
La tasa se devenga en el momento de formular la solicitud.


