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Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

CAPÍTULO II

CAPÍTULO II

Tasa por los derechos de renovación o emisión de duplicados del carné acreditativo de la habilitación de guía de turismo de Cataluña y por el reconocimiento de habilitaciones de guías de turismo expedidas por otras comunidades autónomas del Estado español u organismos oficiales de otros Estados miembros de la Unión Europea por la vía de las prácticas profesionales

Se deroga por el art. 86 de la Ley 5/2020, de 29 de abril. BOE-A-2020-5569

Se modifica por el art. 115 de la Ley 2/2014, de 27 de enero. BOE-A-2014-2999.

Se añade por el art. 56 de la Ley 5/2012, de 20 de marzo. BOE-A-2012-4730.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de mayo de 2020 En vigor BOE-A-2020-5569 Leer Qué cambió
31 de enero de 2014 BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
23 de junio de 2012 BOE-A-2012-4730 Leer

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