LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 3/2008, de 25 de junio, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de tasas y precios públicos de la Generalidad de Cataluña.

CAPÍTULO IV

Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de junio de 2008 y la del 24 de marzo de 2012. Tachado: lo que se quitó (4 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras). Volver al texto en vigor

CAPÍTULO IV
Tasa por los servicios prestados por el cuerpo de mozos Cuerpo de escuadra Mossos d'Esquadra

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
14 de marzo de 2015 En vigor BOE-A-2015-3637 Leer Qué cambió
31 de enero de 2014 BOE-A-2014-2999 Leer Qué cambió
24 de marzo de 2012 BOE-A-2012-4730 Leer Qué cambió
28 de junio de 2008 BOE-A-2008-90017 Leer

← Artículo 22.3-4 Índice Artículo 22.4-1 →