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Legislación › Ley 17/2017, de 1 de agosto, del Código tributario de Cataluña y de aprobación de los libros primero, segundo y tercero, relativos a la Administración tributaria de la Generalidad.

Disposición adicional segunda. Actuación tributaria de los departamentos de la Generalidad.

Disposición adicional segunda. Actuación tributaria de los departamentos de la Generalidad.

Sin perjuicio de las funciones de la Agencia Tributaria de Cataluña, determinados actos de aplicación de los tributos y de la potestad sancionadora pueden ser ejecutados, bajo la coordinación de la Agencia, de acuerdo con la ley de creación de los propios tributos, por los departamentos de la Generalidad o los entes que dependen de la misma.

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