Legislación › Decreto Legislativo 1/1997, de 23 de julio, del Gobierno Valenciano, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Cajas de Ahorros.
Disposición adicional segunda. Recurso de alzada.
Disposición adicional segunda. Recurso de alzada.
Los actos administrativos que dicte el Instituto Valenciano de Finanzas en el ejercicio de las funciones de control, inspección y disciplina de las entidades de crédito, así como las sanciones que imponga, en su caso, serán susceptibles de recurso de alzada ante la persona titular de la conselleria competente en materia de hacienda.
Se modifica por el art. único y anexo.46 de la Ley 4/2015, de 2 de abril. BOE-A-2015-4549
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 9 de abril de 2015 En vigor | BOE-A-2015-4549 | Leer | Qué cambió |
| 29 de julio de 1997 | BOE-A-1997-90026 | Leer |
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