LexTotal

Legislación › Decreto Legislativo 2/2015, de 15 de mayo, del Consell, por el que aprueba el texto refundido de la Ley de Cooperativas de la Comunitat Valenciana.

Disposición adicional tercera. Reglamento del Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana.

Disposición adicional tercera. Reglamento del Registro de Cooperativas de la Comunitat Valenciana.

El Consell aprobará, en el plazo máximo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley, el Reglamento del registro de cooperativas de la Comunitat Valenciana, el cual deberá incluir los procedimientos para la presentación y tramitación de documentos por medios telemáticos, así como para posibilitar la consulta de los asientos registrales por los notarios, en ejercicio de su función pública y en los términos que se establezcan en el correspondiente convenio, sin perjuicio de lo cual, desde el momento de aprobación de la presente ley, será obligatoria la presentación de copias autorizadas de las escrituras públicas en soporte electrónico, o su código seguro de verificación, a través del trámite habilitado al efecto en la sede electrónica competente.

Se modifica por el art. 242 de la Ley 5/2025, de 30 de mayo. BOE-A-2025-11959

Se modifica por el art. 152 de la Ley 8/2022, de 29 de diciembre. BOE-A-2023-5482

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de junio de 2025 En vigor BOE-A-2025-11959 Leer Qué cambió
1 de enero de 2023 BOE-A-2023-5482 Leer Qué cambió
21 de mayo de 2015 BOE-A-2015-90416 Leer

← Disposición adicional segunda Índice Disposición adicional cuarta →