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Legislación › Decreto-ley 6/2021, de 1 de abril, del Consell, de medidas urgentes en materia económico-administrativa para la ejecución de actuaciones financiadas por instrumentos europeos para apoyar la recuperación de la crisis consecuencia de la Covid-19.

Disposición final octava. Habilitación para desarrollo reglamentario.

Disposición final octava. Habilitación para desarrollo reglamentario.

El procedimiento administrativo a que se hace referencia en el artículo 13 quater será objeto de desarrollo reglamentario mediante decreto del Consell, de acuerdo con lo previsto por la normativa básica estatal en materia del procedimiento administrativo común, en el plazo de un mes desde la publicación de esta norma.

Se modifica por el art. 33 de la Ley 7/2021, de 29 de diciembre. BOE-A-2022-1018

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2022 En vigor BOE-A-2022-1018 Leer Qué cambió
16 de abril de 2021 BOE-A-2021-90145 Leer

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