Legislación › Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
Artículo 14. Tipos de instrumentos de ordenación.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de julio de 2021 y la del 11 de julio de 2024.
Tachado: lo que se quitó (9 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo 14. Tipos de instrumentos de ordenación.
1. Son instrumentos de planeamiento urbanístico y territorial de ámbito supramunicipal los siguientes:
a) La Estrategia Territorial de la Comunitat Valenciana.
b) Los planes de acción territorial.
c) Los planes generales estructurales mancomunados.
2. Son instrumentos de planeamiento urbanístico y territorial de ámbito municipal los siguientes:
a) El plan general estructural.
b) En desarrollo del plan general estructural, la ordenación pormenorizada se concreta mediante los siguientes instrumentos:
1.º El plan de ordenación pormenorizada.
2.º Los planes de reforma interior.
3.º Los planes parciales.
4.º Los estudios de detalle.
3. También son instrumentos de ordenación los planes especiales, los catálogos de protecciones especiales y los proyectos catálogos de inversiones estratégicas sostenibles. protecciones.
4. El contenido y documentos de los instrumentos de ordenación se ajustarán a los principios de mínimo contenido necesario, máxima simplificación y proporcionalidad. Solo podrán exigirse aquellos documentos expresamente previstos por una norma con rango de ley.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de diciembre de 2024 En vigor | BOE-A-2025-1 | Leer | Qué cambió |
| 11 de julio de 2024 | BOE-A-2024-90142 | Leer | Qué cambió |
| 17 de julio de 2021 | BOE-A-2021-90283 | Leer |


