Legislación › Decreto Legislativo 1/2021, de 18 de junio, del Consell de aprobación del texto refundido de la Ley de ordenación del territorio, urbanismo y paisaje.
Artículo 20. Función y ámbito del Plan general estructural.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de julio de 2021 y la del 11 de julio de 2024.
Tachado: lo que se quitó (8 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras).
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Artículo 20. Función y ámbito del plan Plan general estructural.
El plan Plan general estructural establece la ordenación estructural de uno o varios municipios completos; debe ajustarse a deberá considerar las previsiones orientativas de la Estrategia Territorial territorial de la Comunitat Valenciana y a respetar las de los planes supramunicipales. La aprobación del plan Plan general estructural es previa y necesaria para la aprobación de los demás instrumentos de planeamiento municipal.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de diciembre de 2024 En vigor | BOE-A-2025-1 | Leer | Qué cambió |
| 11 de julio de 2024 | BOE-A-2024-90142 | Leer | Qué cambió |
| 17 de julio de 2021 | BOE-A-2021-90283 | Leer |


