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Legislación › Decreto Legislativo 4/2000, de 29 junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento.

Artículo 10. La Dirección Gerencia.

Artículo 10. La Dirección Gerencia.

El Director Gerente será nombrado por el Gobierno de Aragón, a propuesta del Presidente del Instituto, oído el Consejo de Dirección, entre personas de reconocida competencia en materias relacionadas con los fines perseguidos por el Instituto, asumiendo todas las funciones ejecutivas que determine el Consejo de Dirección.

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