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Legislación › Decreto Legislativo 4/2000, de 29 junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento.

Artículo 8. Presidencia.

Artículo 8. Presidencia.

Corresponderá la Presidencia del Consejo de Dirección al Consejero titular del Departamento de adscripción del Instituto, quien ostentará la representación legal del Instituto, dirigirá las sesiones del Consejo de Dirección y ejercerá cuantas facultades le delegue el Consejo».

Se modifica por el art. único.3 del Decreto-ley 8/2019, de 24 de septiembre. BOA-d-2019-90538

Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOA núm. 198, de 9 de octubre de 2019. BOA-d-2019-90543

Se modifica por el art. 24.4 de la Ley 2/2016, de 28 de enero. BOE-A-2016-2408

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de octubre de 2019 En vigor BOE-A-2019-90538 Leer Qué cambió
4 de febrero de 2016 BOE-A-2016-2408 Leer Qué cambió
30 de junio de 2000 BOE-A-2000-90004 Leer

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