Legislación › Decreto Legislativo 4/2000, de 29 junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Instituto Aragonés de Fomento.
Artículo 8. Presidencia.
Artículo 8. Presidencia.
Corresponderá la Presidencia del Consejo de Dirección al Consejero titular del Departamento de adscripción del Instituto, quien ostentará la representación legal del Instituto, dirigirá las sesiones del Consejo de Dirección y ejercerá cuantas facultades le delegue el Consejo».
Se modifica por el art. único.3 del Decreto-ley 8/2019, de 24 de septiembre. BOA-d-2019-90538
Redactado conforme a la corrección de errores publicada en BOA núm. 198, de 9 de octubre de 2019. BOA-d-2019-90543
Se modifica por el art. 24.4 de la Ley 2/2016, de 28 de enero. BOE-A-2016-2408
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de octubre de 2019 En vigor | BOE-A-2019-90538 | Leer | Qué cambió |
| 4 de febrero de 2016 | BOE-A-2016-2408 | Leer | Qué cambió |
| 30 de junio de 2000 | BOE-A-2000-90004 | Leer |


