Legislación › Decreto Legislativo 2/2001, de 3 julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 10. Los Servicios y los Servicios Provinciales.
Artículo 10. Los Servicios y los Servicios Provinciales.
Además de los órganos a los que se refieren los artículos anteriores, existirán servicios en la organización central y servicios provinciales en la organización periférica.


