Legislación › Decreto Legislativo 1/2004, de 27 de julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de las Tasas de la Comunidad Autónoma de Aragón.
Artículo 75. Hecho imponible.
Artículo 75. Hecho imponible.
(Derogado)
Se deroga por el art. 16 de la Ley 12/2010, de 29 de diciembre. BOE-A-2011-3639
Téngase en cuenta que ya se había derogado anteriormente por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre.
Se deroga por la disposición derogatoria única.1 de la Ley 9/2006, de 30 de noviembre. BOE-A-2007-1561
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2011 En vigor | BOE-A-2011-3639 | Leer | Qué cambió |
| 14 de diciembre de 2006 | BOE-A-2007-1561 | Leer | Qué cambió |
| 10 de agosto de 2004 | BOE-A-2004-90019 | Leer |


