Legislación › Decreto Legislativo 1/2005, de 26 de septiembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones dictadas por la Comunidad Autónoma de Aragón en materia de tributos cedidos.
Artículo 131-13. Condiciones de aplicación de los beneficios fiscales en Sucesiones.
Artículo 131-13. Condiciones de aplicación de los beneficios fiscales en Sucesiones.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única.2 de la Ley 3/2025, de 27 de junio de 2025. BOE-A-2025-14790
Se renumera por el art. 64.4 de la Ley 17/2023, de 22 de diciembre. BOE-A-2024-903
Su anterior numeración era art. 131-12.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 8 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-14790 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2024 | BOE-A-2024-903 | Leer |


